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viernes, abril 17, 2015

Prohiben en Cuba la construccion de piscinas en casas particulares

Emilio Ichikawa 

 
María Caridad Guindo Gutiérrez
(EA)-Si usted desea refrescar de las altas temperaturas, existen varias opciones. Sin embargo, la construcción de una piscina en su hogar no resulta aconsejable. Más allá de las cifras reales, en el primer levantamiento realizado por la Dirección de Inspección Integral se detectaron unas 140 piscinas en la provincia; número que debe ser superior… Yanet Trápaga, especialista principal de la Vivienda y la Construcción de la Dirección Municipal de Inspección de Artemisa, afirma que muchas personas las declaran como caja de agua o cisterna… (Continuar leyendo en En El Artemiseño >>)

domingo, diciembre 28, 2014

Doce demandas para la movilización de amplios sectores sociales dentro de Cuba

Juan Antonio Blanco
La artista Tania Bruguera ha convocado a realizar un audaz performance en la Plaza de la Revolución el próximo 30 de diciembre —"Yo también exijo"— para que los ciudadanos cubanos puedan acudir allí a expresar sus anhelos y exigencias. Es de agradecer esta iniciativa a la que me sumo por vía digital, consciente de que en nuestro mundo global toda acción local se expande en el ciberespacio.
Al hacerlo he estudiado y tomado en cuenta las demandas de amplios sectores de la sociedad cubana, así como de la disidencia, la oposición y el exilio. No hablo a nombre de nadie que no sea yo mismo y a partir de ahora estas exigencias pertenecen a cualquiera que desee apoyarlas. A quien las considere desmesuradas le recuerdo que son reclamos de derechos universales e inalienables por los que hay que luchar, no limosnas que respetuosamente se solicitan al poder que los viene pisoteando desde hace medio siglo.    
Como cubano veo la necesidad de abordar y contribuir a resolver la esencia interna del conflicto que el Estado cubano ha desarrollado contra los derechos de la nación  por más de medio siglo. El bilateral entre Cuba y Estados Unidos —en el que han participado otros actores externos como la URSS y Venezuela— no es otra cosa que la internacionalización de ese conflicto interno.
La normalización de relaciones entre La Habana y Washington no deja resueltas las causas de nuestro gran diferendo nacional. Con relación a esto último solo los cubanos podemos y tenemos derecho a definir nuestras perspectivas, demandas y prioridades. Tendremos que luchar para hacerlos realidad.
Entonces, en respuesta a la invitación de Tania Bruguera, hago constar que yo, como ciudadano cubano, también exijo el fin de la beligerancia del Estado contra la voluntad popular y que acepte la inevitabilidad de avanzar hacia la normalización de relaciones del Estado con la nación cubana. Para ello es imprescindible el levantamiento de las medidas gubernamentales de su bloqueo interno al ejercicio de derechos universales básicos y al libre desarrollo de la creatividad y prosperidad general de la sociedad cubana.
Este listado de demandas representa lo que a mi juicio son las condiciones mínimas necesarias para poder recuperar y ejercer la soberanía nacional. Constituye una posible hoja de ruta para poder llegar a elegir libremente a un nuevo gobierno. Una vez alcanzado ese momento fundacional, Estado y nación podrán enfrentar juntos la herencia que nos dejará el pasado y asumir el desafío de construir un nuevo país: moderno, libre, soberano, equitativo, plural, tecnológicamente avanzado y próspero. Ese proyecto, cuando sea factible, requerirá de una nueva hoja de ruta.
En el contexto actual creo necesario exigir de inmediato, entre otras medidas,  las siguientes:
1) Fin de la Ley Mordaza y de la criminalización de la libre expresión personal, intelectual o artística. Derogar de inmediato la Ley Mordaza, titulada Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba (Ley 88), así como cualquier otra ley o regulación que coarte el derecho de libre expresión. Ordenar el cese inmediato de todas las actividades policiacas y parapoliciales contra las personas, académicos, periodistas,  intelectuales y artistas  que ejercen su derecho a acceder  y diseminar información o a expresar pacíficamente —de forma privada o pública, individual o colectiva— su opinión sobre cualquier tema.
2) Fin de los actos de repudio. Paralizar y desautorizar públicamente de inmediato los llamados "actos de repudio" contra cualquier ciudadano o grupo de la sociedad civil que libremente haya expresado sus criterios políticos, sociales o económicos en público o privado.
3) Amnistías. Liberar de inmediato a los presos políticos —incluyendo a los que están bajo licencia extrapenal— y decretar también una amnistía general a favor de todo el exilio político para que todos puedan acceder con garantía suficiente de seguridad a la patria y, si lo desean, residir en ella nuevamente. Una vez concluida la reforma del Código Penal se procederá a decretar una amnistía general adicional para todas las personas que fueron encarceladas por acciones que de ahora en adelante se descriminalizarían.
4) Ratificación e implementación de pactos y convenios internacionales de derechos. Ratificar de inmediato y sin reservas los dos Pactos Internacionales de DDHH (Políticos y Civiles; Económicos, Sociales y Culturales) y suscribir el Protocolo Adicional del Pacto contra la Tortura permitiendo la constante supervisión de prisiones del Relator Especial, y comenzar una reforma sustantiva del sistema constitucional y jurídico (Código Penal y otros) para alinearlos con los principios de estos instrumentos internacionales.
5) Libre sindicalización y contratación laboral. Cumplimiento irrestricto e inmediato de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la que Cuba es miembro, sobre derechos laborales y sindicales. Debe cesar de inmediato el monopolio estatal de contratación de la fuerza de trabajo para servir a empresas y gobiernos extranjeros y de ese modo evitar que el Estado se apodere de la mayor parte de sus salarios y favorezca a los que desea privilegiar.
6) Libre acceso a internet. Autorizar de inmediato la conexión a internet a cualquier ciudadano en precios adecuados al nivel salarial del país y disponer también de inmediato el cese de toda persecución contra aquellas personas que acceden a internet o a estaciones de radio y TV extranjeras por medios propios.
7) Libertad de medios de comunicación. Decretar una nueva Ley de Medios que comience a regir de inmediato y ofrezca garantías a la libertad de expresión pública y privada, al derecho de acceder y diseminar información como individuos o como institución, y a la cesión de horarios de los medios de comunicación de TV y radio estatales a diferentes, iglesias, instituciones y grupos ciudadanos no gubernamentales.
8) Plebiscito sobre el actual sistema electoral. Se ha de celebrar un plebiscito antes de cualquier nueva elección del Poder Popular para reconocer el derecho soberano de la nación cubana de derogar el artículo 5 de la actual Constitución que otorga el poder supremo al Partido Comunista de Cuba y exigir en su lugar la celebración de elecciones libres, secretas, universales, plurales, directas e internacionalmente supervisadas para elegir al próximo gobierno. El nuevo parlamento que resulte electo se hará cargo de culminar la aprobación definitiva de la reforma constitucional y legal que se requiere en acatamiento de los Convenios y Pactos Internacionales ratificados.
9) Libertad de movimiento nacional e internacional de los cubanos. Decretar de inmediato la plena libertad de movimiento tanto para fijar residencia entre municipios y provincias como para entrar y salir de la Isla en favor de todos los ciudadanos cubanos, sin que ello se requiera de permisos estatales de ningún tipo. Reconocimiento de la doble ciudadanía a aquellos cubanos que así lo soliciten.
10) Igualdad de derechos económicos de todos los cubanos. Decretar una Ley para la Inversión, Producción, Comercio y Desarrollo Nacional que equipare los derechos de los cubanos donde quiera que tengan su residencia actual con los que se ofrecen hoy a los inversionistas extranjeros.  Entre esos derechos se ha de incluir la simplificación y agilización de trámites para registrar legalmente y operar una empresa privada nacional sea personal o cooperativa, el cese de la lista restrictiva de actividades autorizadas, la autorización a los nacionales para invertir y participar en cualquier área de la economía nacional, el levantamiento de las restricciones a los profesionales para ejercer sus especialidades de modo privado, el otorgamiento de privilegios y facilidades fiscales en la etapa de amortización de la inversión inicial y el derecho de contratación libre y directa de la mano de obra por empresas extranjeras y nacionales por igual.
11) Cese del monopolio de comercio y producción estatal. Tanto en la Ley para la Inversión Extranjera como en esta nueva Ley para la Inversión, Producción, Comercio y Desarrollo Nacional se introducirán cláusulas que reconozcan y den garantías a la propiedad privada y se complementará con un código mercantil y un sistema moderno de arbitraje y apelaciones. Dicha ley anularía el monopolio estatal sobre la producción y servicios en cualquier sector económico, así como sobre el ejercicio del comercio nacional y exterior, autorizando a partir de ese momento la participación en todas esas actividades de empresas privadas nacionales y extranjeras. Se derogarán de inmediato las últimas disposiciones de la Aduana para la importación de diferentes medios requeridos para el desarrollo personal y del sector privado.
12) Libertad de asociación.  Decretar una nueva Ley de Asociaciones que las libere del patronato estatal para ser registradas y no incluya clausulas discriminatorias por razones de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas o políticas, así como que puedan tener sus propios medios de comunicación y se les permita ser autosustentables por iniciativas económicas propias, cotización de miembros o donaciones. La nueva Ley de Asociaciones debe reconocer también el derecho de libre sindicalización y las organizaciones de esa naturaleza que los trabajadores puedan querer darse a sí mismos.
La mayor parte de estas demandas son escuchadas a diario en la Isla. Muchas de ellas fueron formuladas por grupos disidentes u opositores en sus programas e iniciativas. Su materialización no reclama la unidad de todos en un solo partido u organización. Basta con que cada sector de la nación se empeñe proactivamente en alcanzar aquellas reivindicaciones que le son más cercanas para que se geste un movimiento general emancipador.
Cuando se asiente el polvo de las desmedidas expectativas surgidas al calor de los recientes acuerdos entre la Casa Blanca y el general presidente Raúl Castro, cristalizará  con mucha mayor nitidez una visión genuinamente realista y pragmática. Las ansias de libertad y progreso hay que asentarlas en las exigencias y movilización de los más amplios sectores sociales y no en las dádivas que la elite de poder esté dispuesta a conceder en algún congreso del PCC ni en las transacciones a las que aquella llegue con los actores externos del conflicto cubano. 

sábado, septiembre 27, 2014

Cuba: 15-year sentence for Canadian businessman

Cy Tokmakjian
HAVANA — A Canadian company says its president has been sentenced in Cuba to 15 years in prison on corruption-related charges that Cuban officials call part of a widespread campaign against graft.
The Ontario-based automotive company Tokmakjian Group says its lawyers were notified Friday that Cy Tokmakjian was convicted and sentenced on a variety of charges. Company vice president Lee Hacker tells The Associated Press that firm managers Claudio Vetere and Marco Puche got shorter sentences.
Cuban officials have provided few details about the case. But dozens of Cuban executives and government officials and a series of foreigners have been swept up in what is described as an attack on a culture of payoffs by foreigners.
The arrests sent a chill through international business people investing in Cuba.

sábado, agosto 16, 2014

Cuba: Decreto obliga a abogados y notarios a denunciar manejos sospechosos

Una nueva resolución obliga a abogados, notarios y consultores a denunciar cualquier operación financiera que pueda parecer sospechosa "de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, proliferación de armas y otras relacionadas de similar gravedad que conozcan por razón del ejercicio de sus atribuciones".
La normativa firmada por la ministra de Justicia,  María Esther Reus, facilitaría información a las pesquisas de la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central de Cuba.
"Abogados, notarios y consultores jurídicos en el ejercicio de sus respectivas atribuciones y obligaciones, pueden conocer de posibles operaciones sospechosas relacionadas con la introducción en el mercado cubano de activos ilícitos, con el fin de ser utilizados en actividades terroristas o de blanquear capitales”, asegura la resolución que publica de manera extraordinaria la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

lunes, junio 30, 2014

Concluso para sentencia proceso penal contra empresarios extranjeros y exfuncionarios cubanos

Durante los días del 9 al 21 de junio del presente año, se realizó por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, el juicio oral y público por los delitos de Cohecho, Actos en Perjuicio de la Actividad Eco­nómica o de la Contratación, Fal­sificación de Documentos Ban­carios y de Comercio, Es­tafa, Trá­fico de Divisas y Evasión Fiscal, contra los empresarios canadienses Vahe Cy Tok­makjian, Marco Vinicio Puche Rodríguez y Clau­dio Franco Vetere.
La Fiscalía General de la Re­pública acusó a Vahe Cy Tokmakjian de utilizar mecanismos fraudulentos y corruptores para obtener be­neficios en las negociaciones con entidades cu­banas, provocando afectaciones considerables a nuestra economía; realizar sin la autorización correspondiente operaciones de intermediación financiera; extraer del país ilícitamente cuantiosas sumas de dinero; alterar la información de registros contables y declaraciones juradas con el propósito de eludir sus obligaciones tributarias; así como efectuar retribuciones monetarias a varios trabajadores, quienes en realidad realizaban funciones distintas a las autorizadas legalmente o no estaban contratados por entidades nacionales.
Además, fueron acusados los exdirectivos cubanos pertenecientes al extinto Ministerio del Azúcar, Nelson Ricardo Labrada Fer­nán­dez (exviceministro); Ma­nuel Her­iberto Fer­nández San­tiesteban, Leonardo Fidel Del­gado Dorta, Jorge Luis Machado Pérez y José René Rubio Escobar; del  exMinisterio de In­dustria Básica, Alberto Cirilo Pantón Grahan (exdirector general de Cu­baníquel), Ernesto Gómez Cum­plido (exdirector de Ferroníquel Minera S.A.) y Fidel Penín Oliva; así como Jorge Luis Melo Reyes, exdirector de la Asociación Eco­nómica Internacional CISTUR del Ministerio de Turismo.
También se imputaron hechos delictivos contra Edmundo Javier Cabrera Díaz, An­tonio Gilí González, Boris Ernesto Barber Ve­lis, Armando Enrique Martínez Ganfo y Elsa Fer­nández Proenza, quienes ocupaban diferentes responsabilidades en la Sucursal Tok­makjian Group en Cuba.
La Fiscalía interesó la comparecencia en el proceso penal como terceros civilmente responsables, a las compañías extranjeras Tok­makjian Group Inc; Tokmakjian Limited, C.Y.M.C. y Tokmakjian International Inc.
En el juicio oral se examinaron las declaraciones de los acusados y numerosas pruebas documentales, testificales y de los peritos de la Contraloría General de la República, la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) y el Ministerio de Comercio Ex­terior y de la Inversión Extranjera. Los acusados y las compañías que comparecieron como terceros ci­vilmente responsables, contaron con todas las garantías para el ejercicio de la defensa y sus abogados propusieron las pruebas y expusieron los argumentos que consideraron necesarios.
El Fiscal, en su informe final interesó para Nelson Ricardo Labrada Fernández y Vahe Cy Tokmakjian las sanciones de 20 y 15 años de privación de libertad, respectivamente, y para el resto de los acusados entre 8 y 12 años de privación de libertad.
La Fiscalía solicitó al Tribunal, además, disponer la obligación de los acusados de abonar más de 91 millones de dólares que como daño económico causaron a varias entidades cubanas y a la Administración Tributaria, los que interesó sean retribuidos, en parte, con los bienes y dinero ocupados durante el proceso investigativo a Vahe Cy Tokmakjian y a las mencionadas compañías.
El Tribunal declaró el proceso concluso pa­ra sentencia y pronunciará su decisión en los próximos días.

domingo, mayo 18, 2014

Cuba: Aclaraciones sobre actividad registral inmobiliaria

www.portavoz.tv
Especialistas de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Mercantil y de Patrimonio aclararon on line inquietudes de los lectores orientadas a conocer las garantías y los derechos que trae consigo la inscripción de sus inmuebles, así como los diferentes pasos establecidos para realizar este acto.
El singular diálogo se realizó este jueves 15 de mayo en la redacción digital de Juventud Rebelde y contó con la presencia de expertos de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Mercantil y de Patrimonio (MsC Aniuska Puente Fontanella), y de la Dirección Provincial de Justicia de La Habana (René Rafael Valero Barceló, Tania Hernández Rodríguez, Merly Rosa Fernández, Yenima Hernández y la licenciada Graciela Torres).
Casi tres horas duró el intercambio con los expertos del Ministerio de Justicia, quienes en la despedida agradecieron este foro y dejaron este mensaje a los cibernautas.
A todos los lectores les agradecemos su participación en este encuentro on-line. Esperamos haber contribuido en dar respuesta a sus inquietudes. Por nuestra parte, hemos reflexionado de conjunto, observando las insatisfacciones que aún perduran en los servicios jurídicos, con la visión de que tenemos que seguir trabajando en su perfeccionamiento para prestar un servicio de calidad y eficiencia. Ustedes han contribuido en develar estas cuestiones, más allá de aclarar alguna duda, por lo que le damos las gracias comprometiéndonos a volvernos a encontrar en espacios como este.
El ordenamiento jurídico cubano asegura la protección de los derechos ciudadanos a partir del reconocimiento constitucional del derecho a la propiedad personal inmobiliaria y su transmisión mediante relaciones jurídicas. Una salvaguardada de este derecho son las titularidades en el Registro de la Propiedad, garante de la seguridad jurídica preventiva.

Respuestas a las preguntas:

Sebastián: Hola. Escuché que en Cuba los extranjeros también pueden comprar casas a su nombre, ¿es esto cierto o solo un rumor? En caso de ser cierto ¿cuáles serían los trámites a realizar y las condiciones o requisitos? Desde Francia un saludo.
Tania, Yenima y Graciela: Sebastian saludos para ti. Los extranjeros pueden comprar viviendas, siempre que sean residentes permanentes en Cuba, según lo regulado en el Decreto Ley 288 /2011 modificativo de la Ley General de la vivienda. Si usted cumple este requisito deberá acudir a la Unidad Notarial donde se encuentre enclavado el inmueble que a usted le interese, de acuerdo al procedimiento establecido en las normas vigentes.
Santi: ¿Los testamentos caducan? Por ejemplo, tengo una tía que no tiene hijos y es viuda, y testó a mi favor como heredera universal hace 22 años. ¿Ese testamento sigue vigente? Saludos
Graciela, Tania y Yenima: Los testamentos no caducan, en tanto no sean revocados en virtud de un nuevo testamento. Saludos.
Stefano: Estoy casado desde 16 años con una ciudadana cubana residente desde el matrimonio en Italia con regular permiso de residencia permanente en el extranjero (PRE). Me gustaría saber si ella tiene el derecho de tener la propiedad de una casa en Cuba manteniendo su residencia en el exterior.
Yenima, Tania y Graciela: Sí, ella tiene derecho de adquirir una propiedad de vivienda en Cuba, teniendo en cuenta que los derechos como ciudadana cubana los mantiene por su categoría migratoria de residente permanente en el extranjero.
Albert: Tengo una casa de recreo en Santa Fe, Playa. La casa es muy modesta de madera y tejas. Está inscrita en el Registro de la Propiedad. Cada vez que pregunto en una notaría o en el municipio de la Vivienda me dicen cosas contradictorias sobre lo que puedo hacer con esta casa. ¿Podrían decirme si puedo alquilarla, venderla o donarla? En la nueva Ley de la vivienda no se mencionan este tipo de propiedades y ninguna autoridad hasta el nivel de provincial del INV tienen claro su status legal. Gracias.
Aniuska: Usted se está refiriendo «al parecer» a una vivienda de descanso o veraneo, para ello debe estar consignado en el título de propiedad tal definición, de ser así, en estos momentos solo se pueden trasmitir ante la instancia notarial las que son de residencia permanente, (permuta, donación y compraventa) según lo regulado en el Decreto ley 288/2011. En el caso de los arrendamientos, compete a la Oficina Nacional de la Administración Tributaria conocer de su interés y ulterior respuesta.
Irma: Yo estoy conviviendo en un usufructo gratuito desde el año 2010. Su dueña anterior se fue de visita para el exterior. Ella antes de irse me dejó en su casa para que le cuidara sus bienes, pero se quedó. No me dejó ningún papel notarial amparándome estar en el lugar, solo se lo hizo saber a algunas personas. Yo quisiera que algún notario me indicara los procedimientos que tengo que realizar para adjudicarme dicho inmueble. Convivo con mi hija, y los vecinos del lugar saben el tiempo que llevamos. Ojalá me pudieran indicar los pasos a seguir.
Graciela, Yenima y Tania: Para informarse acerca de los trámites que debe realizar, usted podrá dirigirse a la Dirección Municipal de la Vivienda del municipio donde está enclavado el inmueble en cuestión.
Loly: Yo quisiera saber el periodo que debo de tener viviendo en un usufructo para ser propietaria del mismo, y que elementos debo aportar como documentación y demás.
Yenima, Graciela y Tania: Para dar solución al problema de legalización del inmueble en el cual usted reside, debe acudir a la Dirección Municipal de la Vivienda del municipio donde está su casa para que sea orientada al respecto.
Maykel Toledo: Tengo la resolución de otorgamiento de la vivienda a la abuela de mi esposa y su esposo por el Instituto Nacional de la Vivienda, dice en ella que se debía de inscribir en el registro de la propiedad, pero nunca se hizo. 1. ¿Qué pasos debería seguir para inscribir la vivienda en el registro de la propiedad? 2. Ya el esposo de la abuela de mi mujer, falleció y tengo el certificado de defunción emitido por el registro civil de Arroyo Naranjo. ¿El nuevo título de propiedad se haría a nombre de la abuela de mi esposa, que era la copropietaria?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Lo primero que debe hacer es adjudicarse la vivienda, para ello usted debe acudir al bufete colectivo de su elección y definir allí si corresponde realizar la Declaratoria de Herederos o la correspondiente adjudicación testamentaría. Como usted ya posee la certificación de defunción, debe solicitar certificación al Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratorias de Heredero (cita en Neptuno 871). El que resulte titular deberá acudir con el título de propiedad al Registro de la Propiedad del municipio donde está el inmueble a solicitar la inscripción del derecho. No podemos definir desde aquí si la titular será solamente la abuela sin haber evaluado la documentación que posee, por ello le reiteramos que debe acudir al bufete.
Amanda: Soy copropietaria de una vivienda. ¿Es posible que el otro copropietario haga desglose sin mi consentimiento? La vivienda se está inscribiendo en estos momentos en el registro de propiedad, pero es de ambos.
Tania, Yenima, Graciela: En el caso que nos ocupa no estás especificando si la copropiedad es por cuota o común (nacida en virtud de matrimonio), no obstante no es posible en ningún caso realizar la división de un inmueble sin el consentimiento de los copropietarios. Para mayor información usted podrá dirigirse ante la Dirección Municipal de la vivienda del municipio donde se encuentra el inmueble.
La inscripción solicitada al Registro de la propiedad pudo haber sido instada por un copropietario, pero la inscripción del inmueble se practica a favor de los copropietarios que consten en el título de propiedad.
Mabel: Buenas, quisiera saber las causas por las que reinscribir la vivienda en el Registro de Propiedad demora tanto. Mi mamá efectuó una permuta y para ellos ambos propietarios hicieron los trámites de rigor que demoraron alrededor de 30 días hábiles; ahora está actualizando la propiedad y el trámite se demora nuevamente un período similar. ¿No se pueden buscar alternativas para estos casos?
Aniuska, Tania, Graciela y Yenima: En primer lugar no se trata de reinscripción, sino de inscribir el nuevo derecho nacido a favor de su mamá. La inscripción tiene un plazo de 15 días hábiles en todos los casos, excepto cuando se necesite alguna documentación fuera del registro que se extiende a 45 días hábiles, no obstante al no saber el registro ni la situación en particular, podemos orientarle dirigirse al registrador principal a los efectos de evaluar su solución. En cuanto a la búsqueda alternativa que usted propone queremos expresarle que este plazo fue previsto por el decreto Ley 288/2011 en su Resolución complementaria 270/11 de la Ministra de Justicia al objeto de dar respuesta con la inscripción a todas las personas que realizan trámites con su vivienda, que no se trata de pocos casos.
Rigo: En septiembre de 2011 mi hija (11años) heredó un apartamento de mi madre. Cuando fui a inscribirlo la adjudicación tenía un error de redacción pero se me alargó en el tiempo el arreglo pues la notario que la había hecho estaba de viaje y luego con la vorágine de trabajo y la velocidad de la vida resultó que aún no la he inscrito. Pregunto: 1.- ¿Estoy en tiempo para inscribirla? 2.- ¿Me siguen sirviendo los mismos documentos, incluido el dictamen técnico del Arquitecto de la Comunidad? 3.- ¿Hay que pagar algo por la inscripción?
Yenima, Graciela, Tania y Aniuska:
1.-Usted puede concurrir al Registro de la Propiedad en cualquier momento.
2.- Sí, poseen valor los mismos documentos siempre que no se haya efectuado nuevas variaciones constructivas en el inmueble, lo que se extiende al Dictamen Técnico del Arquitecto de la Comunidad.
3.- La Primera inscripción es gratuita solo debe abonar el pago de la Certificación emitida y un sello del timbre por valor de $ 10.00. A partir de las sucesivas inscripciones se deberá abonar el arancel establecido a tenor de la legislación vigente, según el valor del inmueble que se inscribe.
Mabel: Gracias por la oportunidad. Nuestra consulta es sobre uno de los primeros requisitos para llevar a cabo el registro. Y es sobre la solicitud del dictamen técnico por el arquitecto de la comunidad. En caso de que el propietario de la vivienda sea fallecido, ¿quién debe ir a solicitar este servicio? ¿Hay posibilidades de ampliar el servicio del arquitecto de la comunidad? Realmente toma mucho tiempo, más teniendo en cuenta que todo hay que hacerlo igual en horario de trabajo en determinados días.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Mabel, el heredero del titular fallecido debe solicitar el dictamen técnico al arquitecto de la comunidad del municipio donde está ubicado en inmueble. Respecto a la ampliación del horario de atención del Arquitecto de la Comunidad no tenemos respuesta, no obstante llevaremos su preocupación a la entidad correspondiente.
Bárbara: Mis felicitaciones a la dirección del periódico por propiciar este diálogo. Quisiera me aclararan lo siguiente: la propiedad de mi casa, donde he vivido toda mi vida, se encuentra a nombre de mis padres, ya fallecidos. ¿Qué pasos tengo que dar para pasar dicha propiedad a nombre mío y de mi hermana, además de inscribirla en el registro de la propiedad?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Bárbara, debes solicitar certificación de defunción en el Registro Civil correspondiente y con ella acudir al Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratorias de Heredero (cita en Neptuno 871) a obtener la certificación. Posteriormente, presentarse ante un abogado de bufete colectivo de su elección y definir allí si corresponde realizar la Declaratoria de Herederos o la correspondiente adjudicación ante notario y después ir a inscribirla en el Registro de la Propiedad.
Ada: Quisiera que me dijeran qué hacer si he heredado un solar yermo me lo adjudiqué legalmente y lo tengo inscrito en el Registro de la Propiedad, pero cuando voy a venderlo me dicen que no se puede puesto que los terrenos no están reflejados en el nuevo decreto ley de la vivienda.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: En estos momentos se encuentra flexibilizada las transmisiones entre personas naturales de la vivienda de residencia permanente, estando en fase de definición legal las nuevas modificaciones que se le harán a Ley General de la Vivienda que incluye los solares yermos.
Manuel: No he hecho gestión alguna, soy propietario, pero me han dicho que hay que asistir tres o cuatro veces para dicha gestión, o lo que es lo mismo faltar tres o cuatro veces al trabajo, no hay manera menos «dolorosa» de lograr este objetivo?
Aniuska, Graciela, Yenima y Tania: Sí, hay maneras menos dolorosas para cumplir su objetivo, pero son trámites necesarios que en la vida no se pueden evitar. No obstante usted puede contratar a un Abogado de bufete Colectivo para que lo represente en todos los actos que sean necesarios, también puede realizarle un poder notarial a otra persona con más tiempo que usted que lo pueda representar en sus intereses, o acogerse a los horarios extendidos de prestación de nuestros servicios diseñados para que las personas no se ausenten de su centro laboral (Notarías y Registros de la Propiedad).
Alina: No las conozco. ¿Podrían decir dónde puedo encontrar el documento legal que hable de esta temática?
Aniuska, Graciela, Yenima y Tania: La Resolución número 114 de 29 de junio de 2007 de la Ministra de Justicia regula “Las normas y procedimientos para la inscripción en el Registro de la Propiedad”. En esta Institución Jurídica se inscriben los bienes inmuebles y los derechos que recaigan sobre estos alcanzando los mismos con la inscripción importantes efectos jurídicos que no son más que protección y beneficios que actúa frente a cualquier persona que pretenda perturbarlos. Asimismo, frena cualquier intento de inscripción contradictoria o incompatible con el derecho inscrito, lo legitima frente a la sociedad en general dando por valido su derecho que solo puede ser combativo ante la instancia judicial. En esencia si Ud. Tiene inscrito su inmueble en el Registro de la propiedad goza de seguridad y protección como valor añadido a su derecho. No obstante eso no significa que el registro convalide ilegalidades, pues siempre pueden ser combatidas, pero en la instancia judicial, de ahí la labor preventiva del Registro.
ViviendaPR: Mi mamá está por terminar la propiedad de su vivienda, pero por razones de años de construcción la misma tiene que ser puesta a nombre de mi abuela materna que convive conmigo hace más de 20 años. En estos momentos mi abuela materna va a comprar una vivienda y desea ponerla a su nombre. ¿Podría mi abuela poner la nueva casa a su nombre y cuando esté la propiedad de la casa que ya está en trámites donarla a mi mamá?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: No tenemos claridad sobre sus dudas ya que ofrece pocos argumentos, no obstante le aclaramos que la Ley dispone la posibilidad de poseer dos viviendas en propiedad, una de residencia permanente y otra de veraneo.
Sofía: ¿Por qué mis datos aparecen de modo distinto en dos documentos del Registro? ¿No deberían revisar sus estrategias los registradores?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: En el Registro de la Propiedad se inscriben los derechos contenidos en los títulos de propiedad que se solicitan a inscribir, transcribiéndose según fueron reconocidos por las instancias correspondientes.
Rolando Rodríguez: ¿Se está trabajando por digitalizar algo en los registros? Es muy engorroso consultar esos documentos tan antiguos y deteriorados.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Se trabaja en la digitalización de las funciones registrales lo cual requiere un equipamiento adecuado y un programa específico para ello.
Jorge Jamud Selin: ¿Por qué no acaban de darle la propiedad de la vivienda a los colaboradores que se nos entregó dicho inmueble cuando estuvimos en Venezuela, ya muchos tenemos años habitándola y ni siquiera se nos ha dicho el costo de la casa?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Su pregunta resulta muy interesante pero el organismo para ofrecerle respuesta es el Instituto Nacional de la Vivienda, quien trabaja con las estrategias y políticas en esta materia.
Guillermo Baute: Buenas, quisiera de ser posible me ayudaran. Mi mama no reside ya en el país, y la vivienda, donde resido, lógicamente está a su nombre. ¿Qué puedo hacer, para inscribir la propiedad en el registro? y/o ¿Ponerla a mi nombre?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Si se considera a la titular emigrante definitivo del país, usted debe acudir a la Dirección Municipal de la Vivienda donde está ubicado el inmueble para solicitar la transmisión de la propiedad.
Maida: Para cuando se pondrá la ley de las casas arrendadas por compra y venta pasen a ser propiedad, pues se aprobó la compra y venta y lo más lógico y justo que estas pasen a ser de nuestra propiedad.
Aniuska, Graciela, Yenima y Tania: No podemos darle respuesta a su pregunta, pues forma parte de decisiones que rebasan a estos especialistas, Usted se encuentra ostentando un derecho de arrendamiento y desea al parecer el derecho de propiedad, materia que tiene su legislación especial al igual que de ella se encargan las direcciones de la Vivienda a todas sus instancias. Su inconformidad debe canalizarla por esa vía, no obstante cuando alcance el derecho puede inscribirlo en el registro de la propiedad
Tania: Puedo poner en mi contrato de arrendada a mi hermana y sobrina
Graciela y Yenima: Su duda debe ser aclarada en la Dirección Municipal de la Vivienda donde se encuentra enclavado el inmueble. Esta es la entidad competente para resolver estos asuntos.
Dennis Meriño: Buenos días, es para saber si los usufructos gratuitos también se inscriben en el registro de la propiedad.
Tania, Graciela y Yenima: Todos los inmuebles se inscriben en el Registro de la Propiedad, según lo regulado en la Resolución 114/2007 del MINJUS, siempre que se encuentra actualizado. El derecho de usufructo gratuito es un derecho estatal, cuya inscripción deberá ser promovida por la Dirección Municipal de la Vivienda correspondiente.
Cujaegomez: ¿Se pueden comprar y vender entre particulares los terrenos y solares yermos?
Tania, Yenima, Aniuska y Graciela: La compra y venta entre particulares solamente está autorizada para las viviendas de residencia permanente, según lo regulado en el Decreto Ley 288/ 11. No obstante como continuidad del proceso de reordenamiento de la actividad jurídica encontraran su definición legal los terrenos y los solares yermos cuando se determine.
Bertica Sánchez: Mi madre, una señora de 82 años, residente en la provincia Holguín, es propietaria de su vivienda y hace muchos años incluyó en su propiedad inmobiliaria como copropietario a su esposo, el cual está realizando los trámites pertinentes para asentar en el Registro de la Propiedad el inmueble. Este nos ha comentado que el Arquitecto de la Comunidad le expresó que ahora la “Ley” admite más de un propietario, que ya no existen los copropietarios y que ahora los dos son dueños de la vivienda. Esto nos llama la atención ya que por lo que conocemos de tiempos atrás solo puede existir un propietario y copropietario o varios, es decir necesitamos conocer qué hay de cierto en esto.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Bertica, la Ley cubana admite ser único propietario (cuando se trata de una sola persona) o copropietario (Común o por Cuotas de participación), cuando se trata de más de una persona dueña de un inmueble. El término de propiedad y copropiedad es lo mismo, depende del número de titulares de un inmueble.
Nathalie: Quisiera saber por qué se demoran tanto para inscribir la propiedad en el registro de la propiedad, dicen que el trámite se demora 15 días, pero ya casi llevo un mes en esto y nada, quisiera que me dieran una respuesta.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Nathalie, la ley establece que son 15 días hábiles para inscribir su propiedad. No obstante, este término se puede extender hasta 45 días hábiles cuando se trata de un apartamento ubicado en un edificio multifamiliar y el mismo no se encuentra previamente inscrito en el Registro, o en caso de que existan causas justificadas que obliguen a solicitar documentos fuera del Registro. Si usted no está en esta situación, su inscripción debe realizarse en 15 días hábiles.
Maida: ¿Puede ser uno, propietario de una vivienda y copropietario de otra?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Maida, la única forma de poseer dos propiedades de viviendas es teniendo una de residencia permanente y otra de veraneo. Por lo tanto, si el término de propiedad y copropiedad es lo mismo, no se puede ser propietario de dos viviendas de residencia permanente.
Rafael: Yo tengo una casa de la cual poseo el título de propiedad que me otorgó el BNC con el que tengo una deuda por el crédito otorgado para su adquisición hace ya unos 15 años. ¿Puedo inscribir mi casa en el registro de propiedad o tengo que esperar a pagar la deuda? En caso de poder inscribirla. ¿Adónde tengo que dirigirme y que gestión tendría que hacer? ¿Cuánto me costaría todo este proceso?
Aniuska, Graciela, Yenima y Tania: Puede inscribir su casa sin culminar el pago de la vivienda. El Título que usted posee debe estar actualizado y conforme a las exigencias actuales entre ellas descripción correcta, precio legal, medidas y linderos, de lo cual puede asesorarse en cualquier notaría, Registro de la Propiedad, Oficina de trámite de la Dirección Municipal de la Vivienda o Bufete Colectivo. Una vez actualizado el título usted debe dirigirse al Registro de la Propiedad del municipio donde está enclavado el inmueble y solicitar su inscripción, siendo exenta de pago la primera inscripción del mismo. Solo se abonaran un arancel por la Certificación expedida por el Registro y un sello por el valor de $ 10.00.
Bárbara: El abuelo fallece y deja en el testamento al nieto, el padre vive en el exterior, ¿qué se debe hacer para adjudicarle la propiedad ya que es un menor?
Aniuska, Graciela,Tania y Yenima: Suponemos que la madre conserve la patria potestad, de no existir esta un tutor declarado o en ausencia de este darle cuenta a la fiscalía que representa en estos casos. La propiedad, previo los requisitos anteriores, debe adjudicarse en la notaria de su elección.
Yamilka: Puede uno ser heredero de una casa y propietario de otra,
Graciela, Tania y Yenima: Si se puede, pero tendrá escoger entre la que es propietaria o la que se pretende adjudicar por herencia, de suerte que cumpla el precepto de tener una sola vivienda de residencia permanente.
Yerece: Vivo en la mitad de una vivienda. Mis padres son los copropietarios de cada mitad. Hace alrededor de un año que comencé a legalizar la casa, para ello se realizaron tres dictámenes técnicos: uno para la vivienda completa; los otros dos, a cada mitad. Ya la vivienda completa está registrada en el registro de propiedad. Ahora las mitades mi papá nos las va a donar a mi otro hermano y a mí. Por razones ajenas a nuestra voluntad no hemos podido registrar las dos mitades como viviendas independientes. ¿Qué consecuencia puede traer consigo en un futuro? ¿Pierden validez los dictámenes que tengo guardados hace casi un año?
Graciela, Tania y Yenima: Debe dirigirse a la Unidad Notarial del municipio donde está enclavado el inmueble, para que le sea otorgada la Escritura de División –Donación correspondiente y previo pago del impuesto fiscal acudir al Registro de la Propiedad y solicitar la inscripción de ambos inmuebles.
Siempre que no exista variación constructiva en los inmuebles los Dictámenes Técnicos no pierden validez.
Rene: Soy ciudadano cubano residente en Ecuador con PRE casado con ciudadana ecuatoriana. Residíamos en Cuba hasta el año 1994. En la propiedad de la casa aparecemos los dos y nos mantenemos casados. La pregunta es la siguiente: para hacer el poder para que puedan inscribir en el registro de la propiedad la casa en Cuba, debemos autorizar los dos el poder o solamente sería válido en Cuba con mi firma, ya que ella no aparece como residente en Cuba desde 1999.
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: Si usted es residente permanente en el exterior con categoría migratoria que lo avale y posee un inmueble en Cuba, puede otorgar poder a personas para que lo represente en el acto de inscripción. No obstante, si obtuvo la copropiedad cuando era residente permanente en Cuba conserva los derechos sobre la vivienda. El acto de inscripción al no ser dispositivo basta con que uno de los dos la solicite por sí o mediante representación.
Francys Ponce de León: En el mes de abril de 2013 visité la DMV de Plaza para solicitar el dictamen del arquitecto para luego continuar los restantes trámites e inscribir el apartamento en el Registro. Cuando me visitó la arquitecta, me comunica que lo que estaba en la propiedad no se correspondía con lo físico. Le expliqué que yo había solicitado una convalidación y aunque visité en varias ocasiones la DMV Plaza, me explicaban que las convalidaciones en edificios multifamiliares estaban detenidas por revisión de normas y leyes del país. Que por esa razón, la propiedad no se correspondía con lo físico. La arquitecta me comentó que como mi caso había cientos en el país, que se iban a dictar nuevas resoluciones pero realmente, no tengo mucho tiempo de hacer esa larga cola para que luego me digan que sigue la situación. Mi pregunta es: ¿se han emitido nuevas normas o resoluciones para estos casos? ¿Cómo resuelvo inscribir el inmueble en caso que no hayan dictado nuevas resoluciones?
Aniuska, Merly Rosa y René Rafael: No existen normas nuevas, por lo que se mantiene en vigor la resolución 4/91 del INV(Reglamento de Edificios Múltiples), esta norma prohíbe las acciones constructivas de ampliación en áreas comunes o dentro de los apartamentos.
Ecerey: La vivienda de mi esposa no tiene pasillo lateral izquierdo porque el vecino lo tiene ocupado, porque según él, en su propiedad dice que es hasta ahí. Las ventanas de ese costado no las puedo abrir por privacidad. En el plano de la casa de mi esposa aparece una medida superior a la que está registrada en la propiedad. ¿Puedo reclamar esa diferencia para poder abrir un pasillo? ¿Qué debo hacer?
Yenima, Graciela y Tania: Usted debe acudir por sí o representado por un abogado de Bufete Colectivo a la Dirección Municipal de la Vivienda de su municipio para establecer una reclamación de derechos, según lo regulado en la Ley General de la Vivienda.
Hilda: Tengo dos tíos que quieren dividir la casa a uno sus otros 2 hermanos le hicieron dejación de su parte es decir q frente a un notario le toco el 75% y al otro el 25%. ¿Cómo pueden hacer ellos o que deben hacer ellos para acabar de dividir la casa, para cada uno independizarse?
Graciela, Yenima Y Tania: El inmueble se puede dividir de acuerdo a las cuotas de participación (por ciento). Debe asesorarse con el Arquitecto de la Comunidad para que elabore proposición de cómo debe dividirse el inmueble de acuerdo a las cuotas.

martes, mayo 13, 2014

Cuba's "New" Foreign Investment Law Violates International Norms

We've long argued how Cuba's "new" foreign investment law -- almost exactly like its old one -- violates international labor law.

A new report by Dr. Jose Alvarez, Emeritus Professor at The University of Florida, confirms this position and elaborates on the specific International Labor Organization (ILO) conventions it violates.

It's shameful how some lobby the U.S. to allow American companies to partake in such gross violations of international law.

1. Forced Labor Convention (No. 29) and Abolition of Forced Labor Convention (No. 105) - Cuba has used forced and compulsory labor by sending workers to permanent agricultural camps as a means of political coercion and education and punishment for holding expressing opposing political views. In addition, labor mobilizations to work in specific agricultural development projects also violate these Conventions.

2. Freedom of Association and Protection to Organize Convention (No. 87) - Article 1(g) of the new Labor Code grants the workers “the right to associate themselves voluntarily and establish Unions.” In practice, it is not allowed.

3. Protection of Wages Convention (No. 05) - Cuba violates this Convention that prohibits deductions from wages with a view to insuring a direct or indirect payment for obtaining or retaining employment made to a state intermediary agency.

4. Right to Organize and Collective Bargaining Convention (No. 98) - Collective bargaining is nonexistent in Cuba.

5. Discrimination (Employment and Occupation) Convention (No. 111) - By selecting the workers to supply to foreign enterprises, Cuba does not follow the mandate of equality of opportunity or treatment in employment and occupation.

6. Employment Policy Convention (No. 122) - Cuba’s policy is of selecting who works where, regardless of skills or endowments, and transfers are not the result of the will of the worker.

And also:

7. The Universal Declaration of Human Rights (Article 23) - Nonexistent in Cuba are: the right to work; free choice of employment; just and favorable working conditions; protection against unemployment; the right to equal pay for equal work; just and favorable remuneration; and the right to form and join trade unions.

domingo, mayo 11, 2014

Cuba: "La urgencia es implementar la decisión política" - Ministra de 'Justicia'

www.unitedexplanations.org
Afirma sin rubor la Ministra de "Justicia" del Neokaxtrizmo María Esther Reus. La voluntad de la elite se impone como ley para conservar y ampliar el poder politico y el control social y economico al margen de la opinion de la mayoria de la poblacion.
Leer la entrevista completa en  Juventud Rebelde >>

jueves, abril 24, 2014

Transparencia, credibilidad y atractivo sectorial en la Ley de inversiones extranjeras castrista

Elías Amor Bravo, economista

Los economistas saben que la política de atracción de inversiones extranjeras es una de las más complejas que puede abordar cualquier economía. Forman parte de las denominadas políticas estructurales, porque sus efectos suelen producirse y, por tanto, evaluarse a medio y largo plazo.

En el contexto de globalización de la economía mundial, que integra mercancías, servicios, capitales y tecnologías, las inversiones extranjeras se convierten en un agente activo que estimula los procesos descritos. Aquellos que piensan que en el siglo XXI es posible recurrir a la vía autárquica para superar las cadenas del subdesarrollo, están completamente equivocados.

La inversión extranjera puede dirigirse a un país por numerosos factores, entre los cuáles, la existencia de un marco jurídico estable y predecible, es condición necesaria, pero no suficiente. El capital privado recela de los entornos de incertidumbre y riesgo, desconfía de quiénes no pagan sus deudas en los plazos estipulados, y no ofrecen garantías jurídicas objetivas para el desempeño eficiente de los negocios.

Además, ¿qué sentido tiene mantener un sistema económico controlado centralmente por el gobierno, en el que más del 90% de los trabajadores están ocupados en el estado y dónde la iniciativa privada es residual? ¿Con quién deben relacionarse los inversores extranjeros que quieran situar sus capitales en el país? ¿Tal vez con el estado y sus organismos? En el caso cubano, el régimen ya ha ideado una solución al crear un organismo del estado encargado de contratar los trabajadores que, posteriormente, son cedidos a las empresas extranjeras que invierten en el país.

Tal vez , la Organización Internacional del Trabajo debería abrir un expediente informativo al régimen castrista por prácticas absolutamente contrarias a los derechos de los trabajadores a la contratación efectiva. Nada más y nada menos que en un país que se ha autoproclamado históricamente como el paraíso de los desprotegidos.

Básicamente, los economistas identifican tres factores determinantes como ejes de la captación de inversiones extranjeras: transparencia, credibilidad y atractivo sectorial. En cierto modo, los tres se encuentran estrechamente relacionados y tienden a alimentarse unos con otros. Las políticas de atracción de las inversiones extranjeras deben lidiar con estas cuestiones, y despejar las incertidumbres para facilitar el acceso de los capitales. Otra cosa es que lo consigan. El caso del régimen castrista, con su reciente Ley de inversiones extranjeras, puede ser una referencia de interés para este análisis.

Transparencia. No hace mucho tiempo que las autoridades del régimen entraban en un agrio conflicto con los estadísticos de Naciones Unidas, al intentar imponer una medición del valor de sus cuentas nacionales, que en absoluto se correspondía con los estándares internacionales. Es un asunto antiguo, al que no vale la pena dedicar mucho tiempo ya que finalizó, de forma incomprensible, con la aceptación por Naciones Unidas de la información macroeconómica ofrecida por el régimen castrista. Más propaganda que otra cosa. El tiempo ha situado las cosas en su sitio. La economía lleva años creciendo por debajo de sus tasas planeadas.

Credibilidad. Cabe afirmar otro tanto. ¿Qué se puede esperar de un sistema económico dirigido por gestores que mantienen una dualidad monetaria que genera no pocos problemas en la medición contable de la actividad económica? Los agregados principales son cuestionables, y por ello, la economía pierde credibilidad. No es posible realizar contrastes con las magnitudes de otros países, y se debe recurrir a los indicadores que el régimen utiliza como instrumentos de propaganda, como el índice de desarrollo humano, por ejemplo.

Atractivo sectorial. El inversor extranjero que accede al catálogo que recoge la Ley de inversiones extranjeras castrista lo primero que encuentra son prohibiciones. Educación, sanidad o industria militar se encuentran vedados al capital extranjero. No es un buen comienzo. En principio, una política de atracción de inversiones extranjeras no debería condicionar de ese modo las preferencias de los inversores. Y luego, ¿qué se ofrece? El principal sector de la economía, el azúcar, se encuentra completamente hundido. La minería ya está controlada por empresas de capital extranjero desde hace décadas. Otro tanto sucede con el parque de instalaciones hoteleras que se gestiona por empresas internacionales. ¿Qué es lo que queda para invertir?

Los medios se han hecho eco que el régimen castrista ha iniciado negociaciones con el Club de París, para poner el contador de su deuda a cero, o tratar de reducirla al máximo posible. No es una mala noticia. No le queda más remedio que hacerlo, si quiere atraer inversores extranjeros de confianza. De hecho, desde hace tiempo intenta que los rusos de Putin le perdonen las deudas de la época soviética. Una tarea harto difícil porque es imposible trasladar aquellos importes a las condiciones financieras actuales. Otros países han sido más favorables a ceder.

Pero el Club de París es una organización seria y respetable, y aquellos que acuden a su sede en demanda de financiación tienen que aceptar las reglas del juego. Fidel Castro, durante décadas, creyó que se podía vivir sin pagar. Su hermano se ha encontrado con el efecto de la dura realidad, y ya está en la cola de los deudores. Es un paso necesario para reducir el alto riesgo asociado a la inversión en una economía cuya “constitución” insiste en la propiedad estatal de los medios de producción. Una letra muy mal escrita, con una música absolutamente desafinada en los tiempos que corren.

sábado, abril 19, 2014

Cuba’s foreign investment law: ‘New’ indeed, but barely

By José Manuel Pallí
Now we can comment on Cuba’s new foreign investment law — Ley 118/ 2014 — since its “official version” is now published at the Gaceta Oficial de Cuba, together with a Reglamento or regulatory law and other companion governmental resolutions that should further help in interpreting its significance and clarify its intent.
If you put a copy of Ley 77/95, the old foreign investment law which this new one supersedes, alongside Law 118/ 2014, you’ll probably think they are twins. The language is almost the same in a huge percentage of the provisions contained in both laws, which are essentially, well, the same. And there is a very good reason for these similarities: The ‘old’ law was not a bad law at all, in terms of the protection it afforded (affords, since the new one will not be in force until late June) to foreign investors.
Of course, that protection can only be effective to the extent the attitude of those enforcing the law leads them to do so enthusiastically and fairly, without arbitrariness of any kind.  Whether that will be the case with the implementation of this new foreign investment law in Cuba, only time will tell. But I do sense that there is a generalized conviction among decision makers in Cuba that they do need the tool foreign investment could be, in terms of helping the Cuban economy grow and develop, and they need it now, and I believe that conviction should prod their enthusiasm.
There is one area where the new law may well open an entirely new world of opportunity to foreign investment in Cuba, while at the same time improving dramatically the quality of life of Cubans in the island (and Cubans, el cubano de a pie, are the main constituents any Cuban law should serve and please, even if a foreign investment law should also please foreign investors): Foreign capital may now be used to build (and repair) housing units — viviendas — to be used as such by José Q Cuban citizen, which is to say the majority of natural persons who reside permanently in Cuba.
Chapter VI in the old law dealt with investments in real property (Inversiones en bienes inmuebles), and, in article 16, it allowed such investments, provided the real property in question is used to house “natural persons who were not permanent residents in Cuba” (Article 16.2(a)), thus keeping the Cuban people right to housing out of reach to foreign capital, and away from the benefits foreign investment could bring to the quality of their houses (and safety: no more crumbling buildings).
Chapter VI of the new law has one section, Article 17, that reads exactly the same as article 16 of the old law, but it omits the provision (restriction) whereby foreign investment was ruled out if the real property in play was used to house everyday Cubans. Article 17.2(a) now says foreign investment is possible in housing and buildings (viviendas y edificaciones) that are private domiciles (dedicadas a domicilio particular) or for touristic ends, period.
It does not say flatly that someone can, as a builder who wants to be a foreign investor in Cuba, build (or improve by way of urgent structural repairs) housing for the consumption of the Cuban people in general. But I read in the deletion of the condition (only if the real estate is used to house those who are not permanent residents in Cuba) found in the equivalent article of the old law as a strong indication that that is the case, assuming the approval of the governmental entity who will have to authorize the investment in question is obtained.
In future columns I will go into some murky aspects regarding how that real estate asset (the land) where the housing is to be emplaced finds its way into the entity or vehicle of choice of the foreign investor, the enterprise that actually makes the investment, when that entity is capitalized. I will also delve into what’s new (mostly the changes in tax treatment and the use of incentives) in this foreign investment law, and what smacks of “old” (the persistence in controlling Cuban employees of foreign investors by meddling into their relationship with those who want to hire them).
José Manuel Pallí is president of Miami-based World Wide Title. He can be reached at jpalli@wwti.net; you can find his blog at http://cubargiejoe.com


miércoles, abril 09, 2014

Vagancia y boberia en la ley de inversion extranjera

en formal encuentro para cumplir una tarea mas, funcionarios del ministerio de comercio exterior y la inversion extranjera "respondieron" a preguntas de medios de prensa nacionales en torno a la recientemente aprobada ley de inversion extranjera. como es habitual en estos casos los periodistas "sinflictivos" hacen las preguntas sobre los temas que a los funcionarios les han orientado divulgar, y nunca sobre algo de lo incoveniente -la ley en su espiritu y letra-; como es el caso que ahora la agencia empleadora no tiene un objetivo recaudatorio pero que al igual que acorec no permite la libre contratacion de la fuerza laboral y le cobrara al inversionista extranjero lo que se le ocurra y le pagara al empleado cubano una fraccion. 

o cuando a una pregunta de granma sobre ¿cuáles serán los beneficios de invertir en cuba?; te sueltan una reflexion de quien tu sabes, que el pais cuenta con un marco legal transparente con seguridad juridica como demuestran solo en este renglon los casos recientes de los empresarios canadienses  sarkis yacoubian Cy Tokmakjian o el ingles Stephen Purvis; otras de las bondades que ofrece la dictadura totalitaria es un clima social y politico estable, con un capital humano con elevada pero desactualizada instruccion, pero que a cambio es obediente y oportunista. si ello no fuera suficiente estimulo para los avariciosos capitalistas, ademas estaran exonerados de los impuestos sobre utilidades por los primeros ocho anos si es que llegan a tal termino, cuando comenzaran a pagar un 15% en vez del 30% actual. algun cuadrazo del alto mando no se habra percatado que de mas de 400 expresas extranjeras que operaban en cuba hace una decada la cifra se ha reducido a menos de 190.

vistos los irresistibles estimulos que presenta el neocastrismo a traves de su ministro mal-mierda, a que hombres de negocios boten su dinero o peor aun, recalen en  una celda de la condesa [prision para extranjeros] cuando a cualquiera inconforme con la comision se le ocurra acusarlo de corrupcion; es revelador lo que expresa Déborah Rivas Saavedra, directora de inversion extranjera del mincex:
"—Prensa Latina: ¿Existen proyectos definidos para atraer a los inversionistas, a partir de que entre en vigor la Ley?
—Desde octubre del 2012 tenemos publicada una cartera de oportunidades, que se dio a conocer en la Feria Internacional de La Habana. Incluye sectores de turismo, hidrocarburos, energías renovables; pero todavía no tiene los montos, lugares y otros detalles que atraigan inversiones por sectores, de acuerdo con nuestros intereses. Queremos que esta cartera sea mucho más precisa.
En otro momento del intercambio, Rivas Saavedra comentó sobre este mismo tema que los organismos y empresas nacionales son los encargados de identificar y promover dichos proyectos, los cuales deben ser atractivos y estar en correspondencia con las necesidades del país". [negritas, cursivas y subrayados -lg].

si se visita la pagina del centro de promocion del comercio exterior y la inversion extranjera [CEPEC], se encontraran generalidades del tipo que apunta la funcionaria anteriormente. entonces, en un proceso restrictivo y altamente centralizado de dirigir la inversion extranjera hacia los objetivos que ellos consideran, lo primero seria identificar concretamente los proyectos de inversion y hacer el marketing internacional de los mismos. pero el funcionario sigue siendo kubiche y espera que otros, en este caso el poseedor del capital, le haga el trabajo.
el resto del intercambio esta disponible en el  Granma >>

miércoles, abril 02, 2014

Nueva Ley de Inversiones disgusta a pequeños negociantes en Cuba

Una paradoja. En un elegante bar particular del Vedado, un extranjero le describía al dueño los pormenores de la Ley para las inversiones extranjeras aprobada por el Parlamento cubano el pasado 29 de marzo.

“¿Pero cómo es posible que no estés informado sobre esa ley?”-indagaba asombrado el forastero. “Por dos razones, una, que por higiene mental no leo la prensa oficial. Dos, que esta nueva ley no me trae ningún beneficio”, respondió el propietario.

Más o menos por esa cuerda andan las opiniones entre los cubanos dueños de pequeños negocios. Yoenis, propietario de tres autos y dos jeeps americanos de los años 50 que los alquila como taxis, sí leyó en Granma todo lo concerniente a la Ley de Inversiones Extranjeras.

“Es otra muestra del desprecio del gobierno hacia  los cubanos que vivimos en la isla. Otro nuevo apartheid. Se sigue prohibiendo la participación del capital nacional en futuros negocios. Una estupidez colosal. Lo que hace que una nación se desarrolle son las pequeñas y medianas empresas. ¿Cuántos inversionistas foráneos vendrán a Cuba con 2 mil o 3 mil millones de dólares para invertir? Muy pocos. Sin embargo, hay cubanos que han prosperado en los negocios privados y que pueden invertir en micro empresas de transporte, ventas de ropa y mercancías. Si se nos autorizara a importar  vehículos e insumos directamente del extranjero, muchos problemas económicos se resolverían a la vuelta de unos pocos meses”, dice Yoenis.

Habaneros como Yoenis, con pequeños negocios dedicados a la transportación, se encuentran en un limbo jurídico. Algunos tienen una flotilla de hasta 6 o 7 vehículos. Y le dan trabajo a un promedio de 15 personas, entre choferes y mecánicos.

Han demostrado una mayor y mejor gestión que las empresas estatales. “Fíjate, solo en La Habana ruedan alrededor de 10 mil ‘almendrones’ (carros viejos) fabricados hace más 60 años en Estados Unidos. Hace 6 años, el gobierno le compró 500 ómnibus articulados a China y por falta de piezas, hoy la mitad está parado. Un chofer de ómnibus urbano gana legalmente, sin robar el pasaje de la alcancía, entre 900 y 1,200 pesos mensuales. Yo trabajo 12 horas diarias para un señor que es dueño de cuatro autos y en un día malo gano 300 pesos. Trabajo 24 días y al mes como promedio obtengo entre 9,500 y 11 mil pesos. Compara las diferencias”, señala un taxista habanero.

Charles, dueño de un paladar, enciende un cigarrillo y progresivamente se va enfadando mientras disecciona la nueva ley de inversiones. “Además de racista y aislacionista con los cubanos, tiene agujeros que provocan dudas. ¿Por qué un empresario extranjero no puede contratar directamente al personal que trabajará en su negocio si es él  quien pone el capital?”.

Luego de aplastar el cigarrillo en un cenicero,  añade: “La respuesta es simple. Es para el gobierno darle empleo a sus partidarios y militares jubilados. Lo positivo es que rebajan las tasas de interés, lo hacen por pura necesidad económica. Tampoco abiertamente la nueva ley dice que los cubanos residentes en el exterior puedan invertir en Cuba. La otra ley, de 1995, decía lo mismo. Es verdad que lo que una ley no prohíbe es permitido, pero una comisión gubernamental es la que autoriza los negocios. Esta ley penaliza a un grupo de cuentapropistas, que no somos pocos, casi medio millón, que de una forma u otra hemos recuperado sectores como el gastronómico, de transporte o reparaciones menores donde el rol del Estado era altamente ineficiente”, acota Charles.

Silvio, economista jubilado, es más rotundo. “El régimen envía un mensaje claro al mundo. Por ahora, tendrán bajas tasas arancelarias y una serie de concesiones, debido al hundimiento de las finanzas y lo descapitalizada que se encuentra la economía local. Pero existe un doble rasero. Si de verdad hubiese voluntad de liberalizar la economía, las primeras medidas serían rebajar los excesivos impuestos que ahogan el trabajo por cuenta propia y enmendar, en los lineamiento económicos, el epígrafe donde se plantea que a los particulares se les debe fiscalizar, para que no acumulen grandes cantidades de dinero”.

Osniel, propietario de dos camiones dedicados al flete y transporte de pasajeros, asegura que “si se nos abriese la cancha de juego, contribuiríamos de una forma mucho más efectiva a resolver nudos gordianos como la producción agrícola y el transporte. Nuestra participación en esos dos sectores no entra en contradicción ni afecta al capital extranjero. Más bien se complementan”.

Héctor, campesino dueño de una finca en el centro de la isla, está convencido que la respuesta para despegar definitivamente la producción agrícola la tiene el gobierno en sus manos.

“Cuando se eliminen trabas como los centros estatales de acopio, al cual debemos venderles un alto por ciento de las cosechas a precios injustos, cuando los campesinos podamos comprar paquetes tecnológicos, insumos de trabajo, fertilizantes, tractores o solicitar préstamos, directamente en otros países, tú verás que el marabú desaparece y habrán tantos productos agrícolas que nos convertiríamos en exportadores. Todo pasa por cambiar las reglas del juego”.

Y en valorar la capacidad de sus ciudadanos para los negocios. Cuando en 1959  Fidel Castro llegó al poder, buena parte de la prosperidad económica e industrial de la República, estaba en manos de pequeños, medianos y grandes empresarios nacidos en Cuba o cubanos naturalizados.

lunes, marzo 31, 2014

Neocastrismo: patronato sí, libertad no

cubanalisis
Antonio Arencibia
A fines de esta semana se reunirá en La Habana, en sesión extraordinaria, la Asamblea Nacional del Poder Popular para aprobar unánimemente una Ley de Inversiones Extranjeras adornada con cuanto articulado se requiera para ver si fluyen capitales a la nueva Zona de Desarrollo Económico del Mariel, última fórmula para intentar resucitar una economía que no levanta cabeza tras casi ocho años de régimen raulista.


Como sabe cualquier persona que se respete, la doble moneda en Cuba es consustancial a la doble moral que allí impera y que llama a las cosas por otro nombre. Ejemplos sobran en el campo económico: Libreta de Abastecimiento en vez de Libreta de Racionamiento; Tiendas de Recaudación (en vez de Exacción) de Divisas, y ahora nos llega el recién aprobado Incremento Salarial para el Sector de la Salud.


¿De qué se trata? Según el Granma, el Consejo de Ministros, también en sesión extraordinaria, autorizó “el incremento del salario para más de 440 mil trabajadores del sistema de salud cubano, el cual contribuirá a la estabilidad y calidad de los servicios médicos a la población, así como a cumplir con los compromisos internacionales”.


El cuadro síntesis de esos incrementos llama la atención. En general el aumento salarial de los médicos y estomatólogos, sean o no especialistas, es de más del 60 por ciento. En el caso de los enfermeros fluctúa entre un 40 y un 50 por ciento. Ahora bien, los médicos especialistas que más ganan (1600 pesos cubanos o CUP) recibirán un equivalente a 64 CUC, menos de lo que gana en un día un trabajador no calificado en un supermercado Sedanos de Hialeah. Los 940 CUP de una enfermera especialista equivalen a menos de 38 CUC, y el salario de una enfermera básica se le convierte en menos de 24 CUC. ¿Cuánta carne y leche podrán comprar al mes en las tiendas de recaudación de divisas? Muy poca. Entonces, como veremos a continuación, siempre les quedaría irse en “misión” al extranjero.


Uno de los problemas que tiene esta información sobre los incrementos salariales es que no se dice con quién o quienes llegaron a compromisos internacionales en ese sentido. Cosa nada extraña, pues tampoco se dijo en qué quedó lo de las armas enviadas a Corea del Norte. De ahora en adelante, -sigue diciendo Granma-, quienes cumplen misiones médicas en el extranjero recibirán un aumento en los “estipendios, salarios o pagos en CUC, según corresponda, con el propósito de disminuir gradualmente las diferencias que en tal sentido existen hoy”.


No está nada claro, pero trataré de resumir. Por ejemplo, por cada uno de los médicos extranjeros que están trabajando en Brasil, el gobierno de ese país pagaba $ 4,000 al mes, que en el caso de los cubanos, mientras el régimen comunista recibía $ 3,000, le quedaban $ 1,000 al médico, que solo recibía así: 400 que cobraba en ese país, y le “guardaban” los otros 600 en Cuba hasta su regreso, una retención ilegal de su propio salario para obligar a que todos regresen.


La Dra. Ramona Matos Rodríguez fue el primer médico que abandonó la delegación cubana en protesta porque sus colegas médicos de otros países recibían en Brasil, no 400 como ella, sino 4,000 dólares, es decir diez veces más. Su actitud fue secundada por otros galenos cubanos, y para resolver la polémica desatada, el gobierno de Brasilia acordó el 28 de febrero un incremento salarial, según el cual “a partir de marzo los médicos cubanos recibirán el equivalente a 1,245 dólares”. Es decir, que hace tres semanas el gobierno de Dilma Rousseff fue quien hizo el aumento salarial que ahora anuncia el régimen de La Habana, que por supuesto no pierde nada de los 3,000 mensuales que se sigue robando de los sueldos de los médicos cubanos enviados a Brasil.


La rápida aceptación por parte de la dictadura militar cubana de este “compromiso” con su aliada, la presidenta izquierdista brasileña, trata de evitar que se le afecte “Mais Médicos”, uno de sus programas populistas.  Como reportó el pasado 9 de marzo el blog de los Peritos Médicos del INSS, (Instituto de Seguridad Social de Brasil), además de los tres médicos cubanos que abandonaron la “misión”, hay otros 17 ausentes a sus puestos de trabajo, y se teme que si siguen en el país en esas condiciones corren peligro de ser secuestrados y deportados, como ocurrió con dos boxeadores cubanos durante los Juegos Panamericanos de Río de Janeiro en el 2007.


Da vergüenza ajena señalar que la prestación de servicios por profesionales cubanos en la atención básica de la salud en la República Federativa de Brasil está respaldada por un convenio de cooperación entre el Ministerio de Salud Pública de Cuba, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), organismos internacionales que deberían repudiar la impúdica apropiación por parte de la dictadura neocastrista de casi tres cuartas partes del salario de los miles de trabajadores cubanos de ese sector que laboran en Brasil.


Por otra parte, según reportaba a fines de diciembre pasado El Universal, de Caracas, en Venezuela está el mayor contingente de profesionales de la medicina cubana prestando servicio, por el convenio de cooperación firmado entre Caracas y La Habana en 2003. Hasta 2012, 44,804 cubanos prestaban servicios en siete misiones sociales. El diario venezolano citaba declaraciones del doctor Julio César Alfonso, presidente de Solidaridad sin Fronteras (SSF), una organización con sede en Miami, que se encarga de prestar ayuda a los médicos cubanos que buscan desertar de los programas sociales establecidos por el régimen de La Habana:

La mayoría de los cubanos salieron (de Venezuela) por los bajos salarios que están recibiendo, la paga no llega a tiempo, se incrementó la carga de trabajo en los distintos módulos de Barrio Adentro y CDI de todo el país, lo que muchos denuncian como un sistema de esclavitud moderno (…) A los médicos les pagan unos 300 dólares directamente, pero al Estado cubano Venezuela le honra el promedio de 6,000 dólares por cada profesional, es decir, que ellos no reciben ni el 10% de los beneficios económicos.


Ahora, el Consejo de Ministros que preside Raúl Castro ha acordado por unanimidad que “en el caso particular de los colaboradores en la República Bolivariana de Venezuela, los del Programa Integral de Salud y la Operación Milagro se duplicarán los pagos en CUC y se mantendrán otros beneficios de los que actualmente disfrutan”. Como este aumento no parece que lo desembolsa el gobierno del incapaz Nicolás Maduro, hay que preguntarse si el “sacrificio” que hace La Habana al renunciar a parte de lo que roba es para que no se agrave más la actual crisis venezolana con deserciones masivas de los trabajadores cubanos de la salud.


Bueno, también hay que decir que eso es buena noticia para los que sigan prestando colaboración en esos planes. ¿Cómo qué no? Las medidas salariales actuales del Consejo de Ministros son algo casi tan serio como lo fuera la abolición de la esclavitud en Cuba por parte de España en 1880 y su sustitución por la Ley del Patronato. Dejaron entonces de ser esclavos y pasaron a la categoría semi-esclavista de patrocinados con un miserable estipendio de tres pesos al mes a cambio de su trabajo y el compromiso de ser manumitidos en ocho años y pasar a integrar el ejercito de los proletarios.


Sí, he hecho la comparación en serio, porque quiero preguntar si alguien piensa que cuando los esclavos pasaron a ser patrocinados, se iban a rebelar contra los que habían sido sus amos o se iban a escapar a un palenque de cimarrones. Porque yo, por mi parte, creo que casi todos aquellos desgraciados esperaron a ver como venían las cosas, y tuvieron suerte, porque seis años después de aprobada, la reina Regente María Cristina puso fin al Patronato y liberó a los esclavos. El problema aquí es que el raulismo no ha podido o no se ha atrevido a echar a andar sus reformas de mercado, y en ocho años -es decir, en dos mandatos presidenciales en un país democrático- no ha sido capaz de resolver ni siquiera que haya una cosecha de papas estable. Por eso ese régimen no puede llegar ni siquiera al socialismo de mercado, y su único diapasón de maniobras consiste en dar algunas migajas, ya que no pueden concebir y convivir con la libertad, aunque solo sea la libertad económica.


Pero como hicieron en el siglo XIX los antiguos esclavos convertidos en patrocinados, la población no se rebela y va tirando y “resolviendo” con esas pequeñas concesiones: un poco más de CUC, un tantico de Internet, teléfonos celulares para algunos, “portarse bien” para salir en misión, esperar a ver qué manda la familia que vive afuera, etc., etc. 


Me temo que algunos de mis compatriotas consideren que esto que he dicho es una herejía. Pero creo que a veces cuando miramos a Cuba desde el primer mundo aspiramos a que los cubanos se comporten como si tuvieran acceso a la información y la tecnología de comunicación que hay incluso en Caracas, Damasco, Teherán, Quito o Kiev. No nos ubicamos en que nadie allí conoce a veces ni siquiera lo que ocurre en su barrio y que para nosotros es noticia de primera plana. No sabrán lo que pasa en el mundo, pero como el Granma trae una buena cuota mensual de esquelas mortuorias de los históricos (Moncada, Granma, la Sierra), lo que sí saben todos los cubanos es que la solución biológica se acerca a galope tendido a los más veteranos de la jefatura militar.

Para quienes no pueden escapar, puede ser efectivo esperar.  Aunque no sea muy heroico puede ser efectivo. Se trata de hacer de la necesidad virtud y aguardar la ocasión de la libertad
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Retratos de fusilados por el Castrismo - Juan Abreu

"Hablame"

"EN TIEMPOS DIFÍCILES" - Heberto Padilla

A aquel hombre le pidieron su tiempo

para que lo juntara al tiempo de la Historia.

Le pidieron las manos,

porque para una época difícil

nada hay mejor que un par de buenas manos.

Le pidieron los ojos

que alguna vez tuvieron lágrimas

para que contemplara el lado claro

(especialmente el lado claro de la vida)

porque para el horror basta un ojo de asombro.

Le pidieron sus labios

resecos y cuarteados para afirmar,

para erigir, con cada afirmación, un sueño

(el-alto-sueño);

le pidieron las piernas

duras y nudosas

(sus viejas piernas andariegas),

porque en tiempos difíciles

¿algo hay mejor que un par de piernas

para la construcción o la trinchera?

Le pidieron el bosque que lo nutrió de niño,

con su árbol obediente.

Le pidieron el pecho, el corazón, los hombros.

Le dijeron

que eso era estrictamente necesario.

Le explicaron después

que toda esta donación resultaria inútil.

sin entregar la lengua,

porque en tiempos difíciles

nada es tan útil para atajar el odio o la mentira.

Y finalmente le rogaron

que, por favor, echase a andar,

porque en tiempos difíciles

esta es, sin duda, la prueba decisiva.

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La columna de Cubanalisis

NEOCASTRISMO [Hacer click en la imagen]

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¨Saturno jugando con sus hijos¨/ Pedro Pablo Oliva

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Carta desde la carcel de Fidel Castro Ruz

“…después de todo, para mí la cárcel es un buen descanso, que sólo tiene de malo el que es obligatorio. Leo mucho y estudio mucho. Parece increíble, las horas pasan como si fuesen minutos y yo, que soy de temperamento intranquilo, me paso el día leyendo, apenas sin moverme para nada. La correspondencia llega normalmente…”

“…Como soy cocinero, de vez en cuando me entretengo preparando algún pisto. Hace poco me mandó mi hermana desde Oriente un pequeño jamón y preparé un bisté con jalea de guayaba. También preparo spaghettis de vez en cuando, de distintas formas, inventadas todas por mí; o bien tortilla de queso. ¡Ah! ¡Qué bien me quedan! por supuesto, que el repertorio no se queda ahí. Cuelo también café que me queda muy sabroso”.
“…En cuanto a fumar, en estos días pasados he estado rico: una caja de tabacos H. Upman del doctor Miró Cardona, dos cajas muy buenas de mi hermano Ramón….”.
“Me voy a cenar: spaghettis con calamares, bombones italianos de postre, café acabadito de colar y después un H. Upman #4. ¿No me envidias?”.
“…Me cuidan, me cuidan un poquito entre todos. No le hacen caso a uno, siempre estoy peleando para que no me manden nada. Cuando cojo el sol por la mañana en shorts y siento el aire de mar, me parece que estoy en una playa… ¡Me van a hacer creer que estoy de vacaciones! ¿Qué diría Carlos Marx de semejantes revolucionarios?”.

Quotes

¨La patria es dicha de todos, y dolor de todos, y cielo para todos, y no feudo ni capellaní­a de nadie¨ - Marti

"No temas ni a la prision, ni a la pobreza, ni a la muerte. Teme al miedo"
-
Giacomo Leopardi

¨Por eso es muy importante, Vicky, hijo mío, que recuerdes siempre para qué sirve la cabeza: para atravesar paredes¨Halvar de Flake [El vikingo]

"Como no me he preocupado de nacer, no me preocupo de morir" - Lorca

"Al final, no os preguntarán qué habéis sabido, sino qué habéis hecho" - Jean de Gerson

"Si queremos que todo siga como está, es necesario que todo cambie" - Giuseppe Tomasi di Lampedusa

"Todo hombre paga su grandeza con muchas pequeñeces, su victoria con muchas derrotas, su riqueza con múltiples quiebras" - Giovanni Papini


"Life is what happens while you are busy making other plans" - John Lennon

"Habla bajo, lleva siempre un gran palo y llegarás lejos" - Proverbio Africano

"No hay medicina para el miedo" - Proverbio escoces

"El supremo arte de la guerra es doblegar al enemigo sin luchar"
- Sun Tzu

"You do not really understand something unless you can explain it to your grandmother" - Albert Einstein

"It is inaccurate to say I hate everything. I am strongly in favor of common sense, common honesty, and common decency. This makes me forever ineligible for public office" - H. L. Menken

"I swore never to be silent whenever and wherever human beings endure suffering and humiliation. We must always take sides. Neutrality helps the oppressor, never the victim. Silence encourages the tormentor, never the tormented" - Elie Wiesel

"Stay hungry, stay foolish" -
Steve Jobs

"If you put the federal government in charge of the Sahara Desert , in five years ther'ed be a shortage of sand" - Milton Friedman

"The tragedy of modern man is not that he knows less and less about the meaning of his own life, but that it bothers him less and less" - Vaclav Havel

"No se puede controlar el resultado, pero si lo que uno haga para alcanzarlo" -
Vitor Belfort [MMA Fighter]

Liborio

Liborio
A la puerta de la gloria está San Pedro sentado y ve llegar a su lado a un hombre de cierta historia. No consigue hacer memoria y le pregunta con celo: ¿Quién eras allá en el suelo? Era Liborio mi nombre. Has sufrido mucho, hombre, entra, te has ganado el cielo.

Para Raul Castro

Cuba ocupa el penultimo lugar en el mundo en libertad economica solo superada por Corea del Norte.

Cuba ocupa el lugar 147 entre 153 paises evaluados en "Democracia, Mercado y Transparencia 2007"

Cuando vinieron

Cuando vinieron a buscar a los comunistas, Callé: yo no soy comunista.
Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas, Callé: yo no soy sindicalista.
Cuando vinieron a buscar a los judíos, Callé: yo no soy judío. Cuando vinieron a buscar a los católicos, Callé: yo no soy “tan católico”.
Cuando vinieron a buscarme a mí, Callé: no había quien me escuchara.

Reverendo Martin Niemöller

Martha Colmenares

Martha Colmenares
Un sitio donde los hechos y sus huellas nos conmueven o cautivan
Bloggers Unite

CUBA LLORA Y EL MUNDO Y NOSOTROS NO ESCUCHAMOS

Donde esta el Mundo, donde los Democratas, donde los Liberales? El pueblo de Cuba llora y nadie escucha.
Donde estan los Green, los Socialdemocratas, los Ricos y los Pobres, los Con Voz y Sin Voz? Cuba llora y nadie escucha.
Donde estan el Jet Set, los Reyes y Principes, Patricios y Plebeyos? Cuba desesperada clama por solidaridad.
Donde Bob Dylan, donde Martin Luther King, donde Hollywood y sus estrellas? Donde la Middle Class democrata y conservadora, o acaso tambien liberal a ratos? Y Gandhi? Y el Dios de Todos?
Donde los Santos y Virgenes; los Dioses de Cristianos, Protestantes, Musulmanes, Budistas, Testigos de Jehova y Adventistas del Septimo Dia. Donde estan Ochun y todas las deidades del Panteon Yoruba que no acuden a nuestro llanto? Donde Juan Pablo II que no exige mas que Cuba se abra al Mundo y que el Mundo se abra a Cuba?
Que hacen ahora mismo Alberto de Monaco y el Principe Felipe que no los escuchamos? Donde Madonna, donde Angelina Jolie y sus adoptados around de world; o nos hara falta un Brando erguido en un Oscar por Cuba? Donde Sean Penn?
Donde esta la Aristocracia Obrera y los Obreros menos Aristocraticos, donde los Working Class que no estan junto a un pueblo que lanquidece, sufre y llora por la ignominia?
Que hacen ahora mismo Zapatero y Rajoy que no los escuchamos, y Harper y Dion, e Hillary y Obama; donde McCain que no los escuchamos? Y los muertos? Y los que estan muriendo? Y los que van a morir? Y los que se lanzan desesperados al mar?
Donde estan el minero cantabrico o el pescador de percebes gijonese? Los Canarios donde estan? A los africanos no los oimos, y a los australianos con su acento de hombres duros tampoco. Y aquellos chinos milenarios de Canton que fundaron raices eternas en la Isla? Y que de la Queen Elizabeth y los Lords y Gentlemen? Que hace ahora mismo el combativo Principe Harry que no lo escuchamos?
Donde los Rockefellers? Donde los Duponts? Donde Kate Moss? Donde el Presidente de la ONU? Y Solana donde esta? Y los Generales y Doctores? Y los Lam y los Fabelo, y los Sivio y los Fito Paez?
Y que de Canseco y Miñoso? Y de los veteranos de Bahia de Cochinos y de los balseros y de los recien llegados? Y Carlos Otero y Susana Perez? Y el Bola, y Pancho Cespedes? Y YO y TU?
Y todos nosotros que estamos aqui y alla rumiando frustaciones y resquemores, envidias y sinsabores; autoelogios y nostalgias, en tanto Louis Michel comulga con Perez Roque mientras Biscet y una NACION lanquidecen?
Donde Maceo, donde Marti; donde aquel Villena con su carga para matar bribones?
Cuba llora y clama y el Mundo NO ESCUCHA!!!

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